El 2 de febrero se celebra en México el Día de la Candelaria, una festividad de origen católico que conmemora la presentación del Niño Jesús en el templo y la purificación de la Virgen María, con lo que se da por concluido el ciclo navideño. Además de su significado religioso, la fecha es popularmente conocida porque la persona a quien le salió el muñeco en la Rosca de Reyes invita los tamales y el atole.
Debido a la relevancia cultural de esta celebración, muchas personas se preguntan si el 2 de febrero es considerado día de descanso obligatorio tanto en los centros de trabajo como en las escuelas.
¿El 2 de febrero es feriado oficial?
De acuerdo con el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), el primer lunes de febrero es un día de descanso obligatorio en conmemoración del 5 de febrero, fecha en la que se celebra el aniversario de la Promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, firmada en 1917.
Aunque el aniversario constitucional se conmemora el 5 de febrero, el descanso se recorre al primer lunes del mes, lo que en este caso corresponde al lunes 2 de febrero, generando un fin de semana largo o “puente”.
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) señala que los días de descanso obligatorio son no laborables; sin embargo, en caso de que una persona deba trabajar, tiene derecho a recibir su salario diario normal más un pago adicional.
¿Qué ocurre si se trabaja en un día de descanso obligatorio?
El artículo 75 de la LFT establece que las personas empleadoras y trabajadoras deben acordar quiénes prestarán servicios durante un día de descanso obligatorio.
Quienes trabajen ese día tienen derecho a recibir, además del salario correspondiente al descanso, un salario doble por el servicio prestado, lo que equivale a un pago triple en total.
Asimismo, si el día de descanso obligatorio coincide con un domingo, la persona empleadora deberá pagar también la prima dominical, conforme a lo establecido en el artículo 71 de la Ley Federal del Trabajo.
